POR LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO ANTES MENCIONADOS, ESTE JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Se decreta medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar en el juicio seguido por la ciudadana JANINA VICTORIA OQUENDO MÁRMOL en contra de la ciudadana MARIANELA MILAGROS ROMAY VASQUEZ, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA, sobre un inmueble propiedad de la ciudadana MARIANELA MILAGROS ROMAY VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.301.896, sobre un inmueble conformado por una casa de habitación formada por una parcela de terreno distinguida con el N° 17-3 y una vivienda unifamiliar sobre ella construida que forma parte del Conjunto 17 o El Rosal de la Urbanización Camino de la Lagunita Tercera y Cuarta Etapa, ubicada en la Carretera que conduce de Mar.....