DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes mencionados, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Se decreta medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de la ciudadana DANIELA BEATRÍZ PIRELA TATIS, hasta cubrir la cantidad de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 192.375,00), monto resultante de sumar la cantidad intimada mas un veinticinco por ciento (25%); en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN sigue la ciudadana MARYORY HERNÁNDEZ en contra de la DANIELA BEATRÍZ PIRELA TATIS, ambas partes ya identificadas.
Se ordena oficiar y librar exhorto al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circuns.....