POR LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO ANTES MENCIONADOS, ESTE JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
A) SIN LUGAR, la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA solicitada por la ciudadana FRANCYS ACHONG, asistida por el abogado en ejercicio ANGEL ENRIQUE MENDOZA, todos antes identificados.
B) No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los nueve (09) días del mes de Febrero del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
Expídase copia certificada por Secretaría y ar.....