DECISIÓN
ESTE JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Le imparte la aprobación al CONVENIMIENTO presentado por el ciudadano PEDRO FRANCISCO FRANCO SOCORRO, parte demandada, quién actuó con el carácter de PRESIDENTE de la sociedad mercantil Corporación Proyser, S.A., HOMOLOGÁNDOLO, dándole el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se abstiene de archivar el presente expediente hasta tanto conste el total cumplimiento de la obligación.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 92, ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala de este Despacho, a los cuatro (04) días del mes de.....