DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este Tribunal OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el acto procesal por antonomasia que contiene la pretensión y el derecho material de las actoras, esto es, la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoaran la parte actora JOSÉ LEONARDO ROJO GUTIÉRREZ e INVERSIONES L y R, COMPAÑÍA ANÓNIMA, en contra del ciudadano BENITO RAMÓN FERRER, antes identificados, en consecuencia:
1) Se ordena al demandado, BENITO RAMÓN FERRER, hacer entrega a la parte actora, libre de personas y cosas, el bien inmueble objeto del contrato arrendaticio e identificado en actas, con todas sus mejoras, adherencias y pertenencias y totalmente solvente con el pago de los servicios públicos.-
2) Se condena al demandado, BENITO RAMÓN FERRER, pagar a la parte.....