Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y, en consecuencia, queda DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, CARLOS FERNANDO VÍLCHEZ PAZ y ASTRID TOVAR BARBOZA, en fecha catorce (14) de febrero del año mil novecientos noventa (1990), por ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia Idelfonso Vásquez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 14, acompañada a los autos en copia certificada.
Así mismo, se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas en el escrito libelar.
Publíquese y Regístrese.