DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1) La HOMOLOGACION, del convenimiento celebrado por la ciudadana TERESA GUERRA LEAL, en su carácter de parte demandada, en fecha 22 de julio de 2010.
2) Se ordena no archivar el expediente hasta tanto haya constancia en actas del cumplimiento de lo convenido.
Se deja constancia que la parte demandante estuvo representada por la profesional del Derecho MINELA GUADALUPE CEDEÑO OLIVARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 47.725; y que la parte demandada, ciudadana TERESA GUERRA LEAL, antes identificada, estuvo asistida por la profesional del Derecho ELIZABETH FUENMAYOR, inscrita en el Inpreabogado baj.....