Por ello, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus, ciudadana MARIA EMMA MORALES DE PINTO, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 22.078.919, domiciliada en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecida ab-intestato el día veintiuno (21) de noviembre de 2011, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 301 expedida por la unidad de Registro civil de la parroquia Juana de Ávila de esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, a su cónyuge ciudadano ELIO AMBROSIO PINTO MORENO y sus hijos KATHERINE PINTO MORALES, YIMMY ALEXANDER PINTO MORALES E IVON ELIANA PINTO MORALES plenamente identificada ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA.