Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus HEBERTO JOSÉ ROJAS AREVALO, quién en vida fuera venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.692.100, fallecido ab-intestato el día dieciocho (18) de Marzo del año 2010, a sus hijos ciudadanos LISBETH CHIQUINQUIRÁ ROJAS OCANDO, LISSETTE JOSEFINA ROJAS OCANDO, HUMBERTO DAVID ROJAS NAVA y LOLIMAR EUGENIA ROJAS NAVA, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.