Por ello, declara como UNICAS UNIVERSALES Y HEREDERAS del de-cujus, ciudadano DANILO MANUEL SANDREA HEREDIA, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.723.139, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecido ab-intestato el día Primero (01) de diciembre de 2013, a su esposa e hijas ciudadanas OLIVIA MARVELY ACEVEDO viuda DE SANDREA, PAOLY KAELY SANDREA ACEVEDO, ADRIANA JENIREE SANDREA ACEVEDO y GABRIELA ANDREA SANDREA ACEVEDO, plenamente identificadas ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Así se Declara.