En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, JESUS ANGEL MEDINA DELGADO, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.653.040, con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día treinta (30) de Marzo de 2011, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de defunción No. 618, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a su esposa ESPERANZA GUTIERREZ, y a sus hijos JOSE ANGEL MEDINA, HELI ANTONIO MEDINA, EVELIN JOSEFINA MEDINA, JUAN CARLOS MEDINA y ESPERA.....