En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICAS UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus ANGEL RAFAEL MORENO GONZÁLEZ, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.719.536, fallecido ab intestato el día veintiocho (28) de agosto de 2011, en la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a su cónyuge CERELDA LEONOR STHORME PADRON y a su hija FLORANGEL MORENO PRINCE, plenamente identificadas ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASÍ SE DECLARA.