esta JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICO UNIVERSAL HEREDERO de la de-cujus MINERVA DEL PILAR COLINA, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.807.987, fallecida ab-intestato el día dieciséis (16) de noviembre del año 2012, con domicilio en el municipio San Francisco del estado Zulia, a su hijo ciudadano JUAN CARLOS RODRIGUEZ COLINA, plenamente identificado ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, dejándose previamente certificadas en las actas todas y cada una de las actuaciones. Asimismo, se expidieron t.....