Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La homologación del desistimiento del procedimiento efectuada por la parte actora, referente al co-demandado TYRONE BOLIVAR GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.726.166, domiciliado en esta ciudad de Maracaibo.
SEGUNDO: La homologación del convenimiento celebrado en fecha nueve (09) de diciembre de 2008, entre el ciudadano EDINSON RAFAEL OLIVEROS, antes identificado, asistido por el abogado, ciudadano LONGI OCHOA, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº 63.932, por una parte, y por la otra, ciudadano EMERCIO APONTE SULBARAN, antes identificado, en su carácter de apoderado Judicial del.....