Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos LUIS EMIRO GOMEZ y CARMEN ALICIA BALZAN PARRA, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 16 de marzo de 1977 por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente de la Parroquia Cristo de Aranza, del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, Acta Nro.153.
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que procrearon Cuatro (04) hijos que llevan por nombre JUAN CARLOS, LUIS EMIRO, PAOLA DE LOS ANGELES Y PILAR DE LOS ANGELES GOMEZ BALZAN, todos mayores de edad y durante la unión matrimonial no obtuvieron bienes que pertenezcan a la comunidad conyugal.