1) En primer lugar convienen las partes que cancelado en su totalidad el préstamo que existe sobre el bien numero uno (1), y descontada dicha cantidad sobre el valor total de inmueble, el cincuenta por ciento (50) % del dinero producto de la venta del mismo le corresponderá a cada una de las partes, luego que se produzca la venta del apartamento.
2) Con respecto al bien numero dos, la ciudadana Maverling Chiquinquirá López Zamarrita, cedula de identidad No. V-11.296.162, cede de manera pura y simple al ciudadano Estiber Pérez Villamizar, cedula de identidad No. V-7.825.577, el cincuenta por ciento (50) % que le pudiere corresponder sobre el vehiculo identificado en el numeral 2 de los bienes.
3) Referente al bien numero tres, el ciudadano Estiber Pérez Villamizar, cedula de identidad No. V-7.825.577, cede de manera pura y simple a la ciudadana Maverling Chiquinquirá López Zamarrita, cedula de identidad No. V-11.296.162, el cincuenta por ciento (50) % que le pudiera corresponder.....