Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCION solicitado en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION seguido por el abogado ALEX YANEZ MARTINEZ, en contra del ciudadano ALEJANDRO NESTOR FUENMAYOR ARAUJO, identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa la presente transacción, dándole el carácter de cosa juzgada, se SUSPENDE la Medida de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR y se archiva el expediente.- No hay condenatoria en costas por tratarse de una transacción, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.