DISPOSITIVA.-
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, celebrado en el juicio que por Cobro de Bolívares vía Ejecutiva, seguido por el ciudadano MANUEL ANGEL RINCÓN BARRIOS en contra del ciudadano ABRAHAM JOSUE CHAVEZ URDANETA, ambos identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, le imparte su
aprobación, lo homologa, dándole el carácter de cosa juzgada y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto se verifique el cumplimiento total de lo transado.
Se suspende la medida ejecutiva de Embargo decretada en fecha ocho (08) de Marzo de 2012.
Se hace cons.....