JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, veintiuno (21) de Septiembre de 2012. Años 201º y 153º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de un (01) folio útil y en quince (15) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que los ciudadanos LISETTE COROMOTO SILVIRA GUTIERREZ y MIGUEL ÁNGEL IBARRA FALCÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 14.136.714 y 5.035.772 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio NELSON RIVAS DÁVILA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 99.849, solicita se le declare suficientes los derechos que tienen ellos, como Únicos y Universale.....