Por los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Contrato de Seguro e Indemnización de Daños y Perjuicios incoara la ciudadana LILIA ROSA ARENAS DE MORENO, contra la sociedad mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A., todos previamente identificados.
En consecuencia,
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE el CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO, por lo que se ordena a la parte demandada a pagar la cantidad de CUARENTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE BOLÍVARES (Bs. 40.777,oo), por concepto de la cobertura amplia, y la suma de UN MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.200,oo), correspondiente a la indemnización diaria por perdida total a la ciudadana LILIA ROSA ARENAS DE MORENO, todos antes ide.....