JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, trece (13) de marzo de 2014. Años 203º y 155º.- Vista la anterior diligencia, presentada por la ciudadana MARIA FELICITA LOBO DE SOLER, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 684.476, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistida por la abogada en ejercicio VIVIANA ZAMUDIO VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.757, en la cual da cumplimiento a lo requerido por éste Tribunal mediante auto de fecha trece (13) de febrero de 2014, se admite cuanto ha lugar en derecho la presente solicitud. Observa este Tribunal que la ciudadana MARIA FELICITA LOBO DE SOLER, debidamente asistida por la abogada en ejercicio VIVIANA ZAMUDIO VIVAS, antes identificadas, solicita se le declaren suficientes los derechos que tiene ella como Única y Universal Heredera del causante MIGUEL JOSE SOLER .....