DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES propuso Sociedad Mercantil C.A., CERVECERIA REGIONAL, en contra de la ciudadana GLADYS RAMIREZ, en su calidad de fiadora solidaria y principal pagadora de las obligaciones asumidas por la deudora INVERSIONES ATINI MASARI, C.A.
En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 2.357.979,oo), por concepto de la obligación reclamada, mas los intereses moratorios que se generen con posterioridad a la fecha indicada, es decir, desde el 23 de Octubre de 2002, hasta la oportunidad en que se realice la experticia complementaria solicitada, la cual acuerda este Tribunal de conf.....