DECLARA:
1- LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO propuesta por los ciudadanos FREDDY RAFAEL ARRIETA CISNERO y PATRICIA JOSEFINA GERRERO AÑEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.995.877 y V-7.135.234, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído el día 07 de noviembre de 2005, por ante la Jefatura Civil Juana de Ávila del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según Acta, No. 241.
Se deja constancia expresa, que los cónyuges durante la unión matrimonial no procrearon hijos, ni adquirieron bienes comunes.