Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Cobro de Bolívares vía Intimatoria, interpuesta por la ciudadana YAXIA MARLENY CHIRINOS DE PADRON, en contra del ciudadano HECTOR FARIA, ya antes identificados.
SEGUNDO: Poner en estado de ejecución el decreto intimatorio el cual asciende a la cantidad de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES (Bs. 4.890.587,oo), suma ésta que comprende los siguientes conceptos: A) La cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 4.000.000,oo), que es la suma adeudada; B) La cantidad de OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 87.778,oo), por concepto de intereses moratorios calculados al cinco por ciento (5%) anual desde el vencimiento de la letra ha.....