DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos MIGDALIA ROSA MONTES OLARTE e YRAN GREGORIO GUTIERREZ MAVAREZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 8.702.716 y 11.890.447, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintiocho (28) de Septiembre del año dos mil dos (2.002), por ante el Jefe Civil de la Parroquia Punta Gorda del Municipio Cabimas, Estado Zulia, bajo el N° 32, del Libro N° 01, del Año: 2.002.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por el Profesional del Derecho JULIO AÑEZ, in.....