En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Articulo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos RUBEN SEGUNDO REYES LOPEZ y ZUEMI DEL ROSARIO NAVA DE REYES, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 3.637.079 y 4.015.227, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia,.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha dieciséis (16) de Agosto de mil novecientos setenta y cuatro (1.974), por ante la Junta Comunal del Municipio Cabimas, antiguo Distrito Bolívar, del Estado Zulia, inserta bajo el N° 93 de los libros respectivos.
Se deja expresa constancia que los solicitantes, ya .....