En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano LUIS JESÚS ALVARADO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.391.336 y domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, en contra de la: Sociedad Mercantil MAPFRE LA SEGURIDAD C.A., DE SEGUROS, debidamente inscrita por ante la Superintendencia de Seguros bajo el N° 12, e inscrita originalmente en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 12 de Mayo de 1.943, anotada bajo el N° 2135, Tomo 5-A, modificado íntegramente su documento estatutario de conformidad con resolución de Asamblea Ordinaria de Accionistas de fecha 01 de marzo .....