Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROMIRA ROSA RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nro. 1.934.196, en contra de la ciudadana YUSMERY COROMOTO SANDREA DE NAVA, titular de la cédula de identidad Nro. 13.661.018, por concepto de desalojo, de conformidad con lo establecido en el literal "a" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
SEGUNDO: Se le ordena a la ciudadana YUSMERY COROMOTO SANDREA DE NAVA, ya identificada, hacer entrega del inmueble Nro. 5, ubicado en la calle Medellín, sector Las Cabillas de la jurisdicción del Municipio Cabimas del estado Zulia, cuyas dimensiones y linderos son: Norte: Mide doce metros con setenta centímetros y linda con terreno ejido; SUR: Mide trece metros con veinte centíme.....