Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que sigue la ciudadana DAYSY EGGLY ANTUNEZ SANZ, en contra del ciudadano ANTONIO JOSÉ FIGUEROA MILLAN, antes identificados.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar los servicios públicos adeudados por concepto de: consumo de Energía Eléctrica a la Empresa ENELCO y por consumo de Agua a la Empresa HIDROLAGO.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de haber sido declarada parcialmente con lugar la pretensión de la parte actora