DISPOSITIVA
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito por la apoderada judicial de la parte demandante y de la parte demandada, en el juicio de "RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO" seguido por WEHBE MOHAMED JAZZAN MIMSANI contra ANDRES RAMON ALAÑA, ya antes identificados, pasando en autoridad de cosa juzgada y no se archiva por estar pendiente de obligación.- ASI SE DECLARA.-