En virtud de los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Ordena en forma sumaria al Registrador Principal y al Intendente de Seguridad del Municipio Cabimas, ambos del Estado Zulia, hacer la debida nota marginal en el Acta de NACIMIENTO del ciudadano ALEXANDER DE JESÚS PRIETO VERA, previamente identificado, a fin de que se escriba correctamente el nombre de su padre, así: Donde se lee: "... RAIMUNDO PRIETO...." debe leerse: "... JOSE RAIMUNDO PRIETO BARBOZA...".- Así se decide.-