DISPOSITIVA
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, en el juicio de "COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION)" seguido por la SOCIEDAD MERCANTIL AT y P, C.A., contra EMPRESA ITALVEN, C.A. antes identificado, pasando en Autoridad de cosa Juzgada y no se archiva por estar pendiente de obligación. Así mismo se ordena agregar los documentos consignados.-