DISPOSITIVA
Por los Fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE ACCION que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) incoada por la ciudadana BERTA ELENA UZCATEGUI contra JESUS ANTONIO YEDRA ROMERO todos identificados plenamente en actas y en consecuencia sentencia:
PRIMERO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de: DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) que es el monto intimado a pagar.-
SEGUNDO: Se condena en costas y costos, por haber sido vencido totalmente el demandado en esta instancia, de conformidad con el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.- ASI SE DECIDE.