Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO Y COBRO DE BOLÍVARES POR CONCEPTO DE CÁNONES DE ARRENDAMIENTO intentada por INVERSIONES PÉREZ CARRASQUERO, S.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 29 de septiembre de 1992, bajo el N° 23, tomo 2-A, Tercer Trimestre y domiciliada en la ciudad de Cabimas del Estado Zulia, el día 29 de septiembre de 1992, bajo el N° 23, tomo 2-A, Tercer Trimestre, representada por el Suplente del Gerente Administrativo LUIS ALEJANDRO PÉREZ CARRASQUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.863.264 en contra de la Sociedad Mercantil "TALLER DE RELOJERÍA PISFIL, C.A.", inscrita por ante el R.....