Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO intentada por la ciudadana OLGA MARGARITA COELLO VIUDA DE LEDESMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 2.817.434, domiciliada en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, en contra de EDGAR ANTONIO RODRÍGUEZ MONTILLA y LEDYS JOSEFINA ÁLVAREZ ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 5.719.103 y 7.742.796, respectivamente, de igual domicilio. SEGUNDO: Se ordena la Resolución del Contrato celebrado entre las partes debidamente autenticado el día 06 de septiembre de 2002, por ante la Notaría Pública Segunda de Cabimas, inserto bajo el N° 51, Tomo 44 de los libros respectivos, y cursante en actas forman.....