Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO por la parte actora, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES seguido por HILDA MARGARITA PIÑA ARAQUE, venezolana, mayor de edad, vendedora, titular de la cédula de identidad número V- 7.671.204 y domiciliada la Calle San Benito, Casa N° 102, Sector Corito, jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia, en contra de la empresa SERVICIO INTEGRAL FAMILIAR, C.A. (SERVINFA, C.A), domiciliada en el Sector Bello Monte del Municipio Cabimas del Estado Zulia, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, .....