Este TribunalDECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE Las cantidades de dinero que por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, le puedan corresponder al ciudadano DANNY BELTRÁN RODRÍGUEZ, antes identificado, parte demandada en el presente juicio, según lo establecido en los artículos 162 y 163 de la mencionada Ley Orgánica de Trabajo, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 4.375.000,oo), consecuencia se declara consumada LA DESPOSESION JURIDICA del Ejecutado.-SEGUNDO: Este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas, en cumplimiento con lo ordenado en el despacho Comisorio, le hace saber a la ZONA EDUCATIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, en la persona de la Notificada, lo siguiente; Que las cantidades Embargadas preventivamente descritas y señaladas en esta acta, deberán ser remitidas en la oportunidad que se causen, en CHEQUE DE GERENCIA, a nombre y a la orden del Tribunal de la Causa. Se deja constancia que la represente de la Z.....