Este Tribunal, DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE, los derechos litigiosos a favor de la Sociedad Mercantil SERVICIOS BULL ROS, C.A., derivados de los Juicios llevados en los expedientes Nros. 729, 661, 659 y 663, en contra de la arriba mencionada empresa, por ante el Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, y San Franciscos de la Circunscripción judicial del Estado Zulia y que pudieran corresponderle, hasta cubrir la cantidad de TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs.3.944.755, 19), dejándose en este acto, consumada la Desposesión Jurídica de la ejecutada. Todo ello de conformidad con el contenido del Artículo 593, segundo aparte, del Código de Procedimiento Civil (CPC). SEGUNDO: Se hace saber a la Notificada que la cantidad a retener, en el momento en que se cause, derivada del concepto establecido en la presente acta, deberá ser remitida, en la figura de.....