Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Secuestrado Preventivamente el inmueble en el cual se encuentra constituido y anteriormente determinado, por ser el mismo que aparece señalado en el Despacho comisorio, tal y como fue verificado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de la parte actora-secuestrataria Judicial designada, quien por intermedio de su apoderado judicial lo recibió completamente desocupado