REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ


3659-2007
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO
MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
197° Y 148°
En horas de Despacho del día de hoy, Miércoles dieciséis (16) de Enero del año dos mil ocho (2008), siendo las diez (10:00Am) horas de la mañana, previa fijación acordada al efecto se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a las Oficinas de la COMANDANCIA DE TRANSITO TERRESTRE, ubicadas estas en la Circunvalación No.2, en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, comisionada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO, incoado por la ciudadana LUZ MILA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N°V-7.622.025, contra el ciudadano NESTOR SEGUNDO VILLASMIL RINCON, titular de la Cédula de Identidad N°V-4.767.528.- Presente el (la) ciudadano(a): ENDY MARLIN MORENO MORALES. venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-11.286.912, y quien dijo proceder con el carácter de Auxiliar del departamento Recursos Humanos de las oficinas donde se esta constituido, el Tribunal le notificó del objeto de su traslado y constitución y de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Comitente, sobre: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del salario, Bono Vacacional, Aguinaldo o Utilidades, Fideicomiso, Cesta Tickets, Prestaciones Sociales y/o Pensión de Jubilación, conceptos estos que le pudieran corresponder al ciudadano NESTOR SEGUNDO VILLASMIL RINCON, titular de la Cédula de Identidad N°V-4.767.528, como Vigilante de Transito Terrestre.- Que las cantidades a retener en los conceptos establecidos antes señalados, deberán remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA (Expediente N° 10728). Para aperturar Cuenta de Ahorro.-En este estado el (la) notificado (a) expuso: A reserva de verificar si el demandado es o no Vigilante de Transito Terrestre; o de si le pertenece o tiene en la misma, cantidades algunas por dichos conceptos; de si sobre los haberes embargados no existen otras medidas Judiciales anteriores y, finalmente, también a reserva de las aplicaciones de las disposiciones legales y contractuales que puedan afectar la presente medida, me doy por notificado (a) y enterado (a) del contenido a que se refiere la presente comisión. El Tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara formalmente Embargados Preventivamente los conceptos antes señalados; y advirtió al notificado de la obligación en que está de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Acta. El Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas, ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la CONSTITUCION NACIONAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, que consagra la gratuidad de la Justicia. Siendo las diez y once (10:11Am) horas de la mañana, concluyó el presente acto.- Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ TEMPORAL:
ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA


EL (la) NOTIFICADO (a):


LA SECRETARIA:
ABOG. ANAIS VILALOBOS V.



GO/belkis q
Comisión N° 3659-2007.-