El Tribunal declara Secuestrado Preventivamente el inmueble anteriormente identificado y en el cual se encuentra constituido, por ser el mismo que aparece determinado en el Despacho comisorio, tal y como fue verificado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de la Secuestrataria Judicial designada (Depositaria Judicial), quien por intermedio de su representante judicial, lo recibió para su guarda y conservación.