Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente Secuestrado el inmueble en el cual se encuentra constituido, por ser el mismo que aparece señalado en el Despacho comisorio, tal y como fue constatado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de la parte actora-secuestrataria Judicial designada, quien por intermedio de sus apoderados Judiciales, los recibió completamente desocupado, por cuanto el demandado notificado en este acto, retiró del mismo sus bienes muebles y enseres personales, bajo su total y absoluta responsabilidad y supervisión del personal obrero que actuó en el retiro de dichos bienes.