ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECALRA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo o salario que devenga el ciudadano JESUS ANTONIO NAVA VILLALOBOS, antes identificado, como trabajador de la Empresa ENELVEN, para cubrir los gastos de manutención de su hijo.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las Utilidades y bono especial de fin de año que perciba el demandado, para cubrir los gastos propios de la época decembrina.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades que por concepto de primas por hijos y útiles escolares, le puedan corresponder al niño de autos.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y Caja de Ahorros que le pueda corresponder al demandado, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.