El tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero proveniente de créditos, ordenes de servicio, ordenes de pago, remanentes o retenciones que pueda tener la empresa demandada a su favor, en la SOCIEDAD MERCANTIL SCHLUMBERGER DE VENEZUELA S.A, hasta cubrir la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs.80.000.000,OO). Igualmente se informa al notificado, que una vez que los créditos embargados se encuentren de plazo vencido, los mismos deberán ser remitidos en cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA con sede en Cabimas, al expediente Nº 31.955. Siendo las doce de la tarde, se da por terminado el presente acto. Terminó, se leyó y conformes firman. Se hacen tres (03) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, donde uno se le ent.....