este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares interpuesta por el abogado Roberto Villasmil, con el carácter de abogado sustituto de la Procuradora General del Estado Zulia, en representación de la Entidad Federal del estado Zulia, contra la sociedad mercantil Ingeniería Alfa Onia, C.A. y Seguros Altamira, C.A.
SEGUNDO: Se declara LA CADUCIDAD opuesta como defensa de fondo por la Sociedad Mercantil SEGUROS ALTAMIRA, C.A. en la oportunidad de la contestación de la demanda.
TERCERO: PROCEDENTE el pago de la cantidad demandada por la Entidad Federal del estado Zulia de Ciento veintidós mil novecientos catorce bolívares fuertes con cuarenta y dos céntimos (Bs. 122.914,42) contra sociedad mercantil Ingeniería Alfa .....