Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con funciones Ejecución del Circuito judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto por motivo de Divorcio Ordinario, interpuesto por el ciudadano JORGE ANTONIO MIRANDA HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.281.323, domiciliado en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, en contra de la ciudadana y RIXIDA DEL CARMEN PEROZO MIRANDA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.657.082, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, cónyuges entre si.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
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