Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos HANS JOSEPH MARONSKY PIÑEIRO Y YERALDY EMMA MENDEZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-12.515.338 y V.- 15.260.753, respectivamente, domiciliados el primero en el municipio Maracaibo del estado Zulia.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha 18 de mayo de 1996, fuera contraído ante el Registro Civil y Secretario respectivo, de la parroquia Manuel Dagnino del Municipio Maracaibo del estado Zulia.
• Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es decir, Custodia y demás contenidos de la Responsabi.....