PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara al adolescente (SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA DE AUTOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de quince (15) años de edad, plenamente identificadas, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante: PATRICIA NOEMI OMAÑA VERDE, quien en vida fuere venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.789.458 y que falleció Ab-Intestato en fecha en fecha veintiocho (28) de febrero de 2017, según se evidencia de copia certificada del acta de defunción N° 88, correspondiente a la ciudadana PATRICIA NOEMI OMAÑA VERDE, expedida por la Unidad de Registro C.....