1. PROCEDENTE la solicitud de Colocación Familiar presentada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Guajira del estado Zulia, en relación con los intervinientes como familia sustituta, ciudadanos Rosa María Mejía Ramírez y Nelwin Rubén Torres Rico, venezolanos, mayores de edad, casados, portadores de las cédulas de identidad Nos. V- 10.443.692 y V- 16.187.532, respectivamente, a favor del niño (identidad omitida artículo 65 LOPNNA), nacidos el 26 de noviembre de 2014, de un año (1) año de edad.
2. DICTA la medida de protección de Colocación Familiar bajo la modalidad en familia sustituta, en beneficio del niño (identidad omitida artículo 65 LOPNNA), nacido el 26 de noviembre de 2014, de un año (1) año de edad, por lo que su Responsabilidad de Crianza y Representación serán ejercidas por los ciudadanos Rosa María Mejía Ramírez y Nelwin Rubén Torres Rico, quienes deberán cumplir con todas las obligaciones que esta institución familiar comporta. Esta .....