Declara:
1. CON LUGAR la demanda de Divorcio ordinario intentada por el ciudadano Audis Jesús Blanco Moreno, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 11.867.361, en contra de la ciudadana Nelitza del Valle Morales Beltrán, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 14.458.075, en relación con las adolescentes de autos. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registro Civil de la parroquia Sinamaica del municipio Guajira del estado Zulia, el día 7 de septiembre de 1994, con fundamento en la causal segunda (2ª) del artículo 185 del Código Civil.
2. En relación con las INSTITUCIONES FAMILIARES para las adolescentes de autos, se resuelve lo establecido en el capítulo III de la parte motiva del presente fallo, titulado "De las Instituciones Familiares", cuyo contenido aquí se da por reproducido.
3. CONDENA en costas a la parte demandada por haber sido vencida totalmente en el presente juici.....